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CONSEJOS PARA LA COMPRA |
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Deducción por cantidades depositadas en una cuenta ahorro vivienda ( primera vivienda habitual ) Este tipo de cuentas se caracteriza porque las cantidades depositadas en ella, deberá destinarlas exclusivamente a la primera adquisición de vivienda habitual, en el plazo máximo de 4 años desde su apertura. La deducción que podrá aplicarse es de un 15% sobre un máximo de 9.015,18 €.
TRÁMITES POSTERIORES A LA FIRMA DE LA ESCRITURA Presentación en el Registro de la Propiedad El mismo día de la firma de la escritura de compraventa, el Notario comunicará por fax al Registro de la Propiedad, salvo renuncia expresa del comprador, el hecho de la firma de la escritura con los datos de la misma.
La extensión del asiento de presentación en el Registro el mismo día de la firma de la escritura de venta, implica que el comprador inscribirá la vivienda a su nombre en la misma situación registral de cargas existente en el momento de la firma de la escritura, situación de cargas que es la que comprobó el Notario obteniendo una nota simple. Pago de impuestos La firma de la escritura de compraventa origina para el comprador la obligación de pagar o bien el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o bien el IVA y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), según el tipo de compraventa que se trate. Una vez pagado el impuesto, se presentará la escritura en el Registro de la Propiedad para su inscripción. El pago de todos los impuestos correspondientes a la compraventa es requisito previo e imprescindible para poder inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad a nombre del comprador. Cambio
de titularidad en el Catastro El comprador está obligado a comunicar al Catastro el cambio de titularidad de la vivienda en el plazo de dos meses contados desde la firma de la escritura de compra. La comunicación se efectúa rellenando un impreso, en el que se incluirán los datos del nuevo propietario, del anterior propietario, de la vivienda vendida y de la escritura de compra. Al impreso se acompañará una copia simple de la escritura de compraventa, presentándose todos los documentos en el Ayuntamiento donde radique la vivienda.
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